Compras online: Libros, arte y medicamentos quedan fuera de las trabas

24 de Enero de 2014
Según la agencia, son artículos que sí pueden ser adquiridos más de dos veces por año sin impuesto. Sin embargo, también requieren declaración jurada. La web de la AFIP se actualizó para aclarar dudas

La Administración General de Ingresos Públicos (AFIP) anunció ayer que libros, medicamentos, obras de arte y cualquier mercadería considerada de primera necesidad quedarán exceptuadas de sus restricciones para comprar online al exterior. La agencia dirigida por Rivardo Echegaray renovó su web para aclarar dudas y puntos ambiguos de su nueva medida.

Pablo Echegaray, titular de la AFIP

El organismo recaudador lanzó esta semana una resolución que estipula un impuesto del 50 por ciento del producto comprado en sitios web del exterior que sobrepase el nuevo límite anual permitido (ver también: Comprar en Internet será un 50 por ciento más caro).

"Quedan excluidas de la limitación prevista en la presente norma los libros, medicamentos con receta médica, obras de arte de la Ley 24.633 y demás mercaderías de primera necesidad para el destinatario, debidamente acreditadas ante el servicio aduanero", anunció la agencia en su página web.

Sin embargo, los productos exentos del impuesto continuarán requiriendo la presentación del formulario 455/T, donde el comprador deberá declarar con detalle la adquisición realizada antes de retirar o recibir el producto.

En este sentido, la nueva normativa tampoco afecta la compra de software o la contratación de servicios digitales tales como aplicaciones, streaming de música o video y libros electrónicos.


Más información: www.afip.gov.ar.