Empresas telco tienen cinco días para resolver los reclamos de los usuarios
21 de Agosto de 2013La Subsecretaría de Telecomunicaciones redujo de 15 a 5 días hábiles el plazo de empresas de telecomunicaciones para responder a las quejas de sus clientes
A contar de ahora, las empresas de telefonía fija y móvil, de internet, carrier y TV pagada deberán responder más rápido los reclamos de sus clientes y los usuarios tendrán más lugares de atención para insistir ante Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) cuando su compañía no les dé una respuesta satisfactoria.
El 16 de agosto entró en vigencia el nuevo reglamento sobre tramitación y resolución de reclamos de servicios de telecomunicaciones de la Subtel, que reduce -a contar de noviembre- de 15 a 5 días hábiles el plazo máximo para que una empresa responda el reclamo de sus usuarios.
Los usuarios podrán reclamar ante su compañía cada vez que adviertan cobros indebidos en su factura y/o incumplimientos en las condiciones de servicio contratadas. Para ello la nueva normativa de Subtel amplía el tiempo que tiene un usuario para interponer un reclamo desde el momento en que advierte el problema. Así, los usuarios tendrán 60 días hábiles para presentar el reclamo directo en la empresa desde que toma conocimiento del hecho y 30 días hábiles para insistir en Subtel si la compañía no le da una respuesta satisfactoria.
Vías de reclamo
Adicionalmente, con el objetivo de ampliar los canales de atención a usuarios y facilitar a la ciudadanía el acceso a ejercer su derecho a reclamar por disconformidad con un servicio de telecomunicaciones, la Subsecretaría de Telecomunicaciones se unió a la plataforma nacional de ChileAtiende, aumentando a 187 los puntos de atención y recepción de consultas y reclamos sobre servicios de internet, telefonía fija, telefonía móvil y TV pago.
En cuanto a los medios de recepción de reclamos, el reglamento establece como medios obligatorios para todas las concesionarias la recepción de reclamos vía telefónica al número 105 que deberá estar habilitado las 24 horas del día los siete días de la semana y a través de sus respectivas páginas web. Asimismo, las empresas estarán obligadas a difundir en forma destacada en sus sitios web y en los respectivos documentos de cobro, los diferentes medios y horarios de atención que disponen para recibir los reclamos presenciales, detallando las direcciones y números telefónicos o niveles de acceso respectivos.
Igualmente, se incorporan mecanismos de control y fiscalización sobre la calidad de atención de reclamos, ya que las concesionarias deberán reportar de manera mensual a Subtel los indicadores de calidad de atención del nivel o línea telefónica, como porcentaje de llamadas atendidas exitosamente y tiempo de espera del reclamante.
Más información: www.subtel.cl, www.chileatiende.cl.